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¡Arriba Pichátaro! La comunidad, en lucha por su libre determinación y autogobierno.

Alejandra González Hernández y Víctor Alfonzo Zertuche Cobos

La comunidad indígena de Pichátaro inició en enero de este año una lucha por su libre determinación y autogobierno a través del sistema de “usos y costumbres”, en un renovado intento por hacer frente a la exclusión y discriminación que han padecido históricamente como comunidad y pueblo originario. Las acciones llevadas a cabo por la comunidad se han concentrado en diferentes frentes, por un lado en buscar el diálogo con autoridades, y por otro, han apelado a la movilización social y a la judicialización a través de un juicio para la protección de los derechos políticos y electorales del ciudadano.

En este artículo, nos queremos referir a la importancia y desafío que presenta el proceso judicial emprendido por la comunidad de Pichátaro. En primer lugar, este proceso iniciado por la comunidad reviste porque se trata de una Tenencia Municipal, a diferencia de la experiencia de Cherán, el cual en calidad de municipio-comunidad indígena en 2011 se le reconoce el derecho a la libre determinación, y en segundo lugar porque el proceso judicial fue atraído por el más alto tribunal del país en materia de derechos políticos.

Bajo un panorama nada prometedor para las comunidades y pueblos indígenas , en el que la clase política se niega a respetar y garantizar los derechos humanos de las comunidades y pueblos indígenas, en 2011 surge un movimiento en la meseta Purépecha, el caso de San Francisco Cherán, el cual inicio el camino de lo que a la postre se convirtió en la primera experiencia exitosa de un municipio que logra reivindicar su derecho a la libre determinación y autogobierno por medio del sistema de “usos y costumbres”, se logró gracias a la organización comunal y al proceso judicial ganado en el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF). De esta forma Cherán, se convirtió en un ejemplo y guía de las luchas de los pueblos y comunidades indígenas.

Este hecho que representa un precedente de trascendencia nacional e internacional, marcó un hito en cuanto al reconocimiento de los derechos de las comunidades y pueblos originarios a raíz del cual, diversas comunidades del país han iniciado procesos de reivindicación de los derechos humanos y políticos. Tal es el caso de la comunidad indígena de Pichátaro, la cual ha cobrado una mayor visibilidad durante las últimas semanas en diversos medios de comunicación.

Como contexto la comunidad Indígena de San Francisco Pichátaro, es una de las tenencias más grandes del Municipio de Tingambato Michoacán, se ubica en la Meseta Purépecha y según el censo 2010 del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, Pichátaro representa el 35.5 por ciento del total de la población de todo el municipio. Actualmente la comunidad está organizada en las siguientes estructuras organizativas: la “Asamblea General”, máxima autoridad y representada en el gobierno municipal o civil con el “Jefe de Tenencia” y el comunal por el “Representante de Bienes Comunales” y las “Asambleas de Barrios” representadas por los “Encabezados de Barrio”, uno por cada barrio de los siete que conforman la comunidad.

Pichátaro ha decidido hacer efectivo su derecho a la libre determinación y autogobierno, solicitando ante las autoridades correspondientes la asignación de los recursos públicos que les corresponde proporcionalmente para que sean administrados de manera directa por la autoridad que designe la Asamblea General. Esta petición se desprende de los conflictos que desde hace tiempo tiene la comunidad con las administraciones del municipio de Tingambato, por el manejo y aplicación discrecional, desigual y discriminador que se traduce en un rezago evidente de la comunidad.

Las acciones más significativas de la lucha social que ha realizado la comunidad se iniciaron el 23 de enero de 2015 y a lo largo de los últimos meses han venido adoptando una serie de estrategias para lograr esta reivindicación de derechos. Una de sus protestas de mayor visibilidad fue no permitir la instalación de casillas electorales en la pasada elección del 7 de junio para elegir a presidentes municipales, diputados locales y federales y gobernador del estado, esto con la consigna de “estar cansados de ser rehenes de los partidos políticos” y con la exigencia de un “Gobierno Autónomo”.

En julio, la comunidad de Pichátaro a través de los representantes de la máxima autoridad, gobierno civil, comunal y los encabezados de cada uno de los barrios, lograron un primer acuerdo con el anterior presidente municipal y su cabildo, quienes se comprometieron a entregar los recursos económicos proporcionales en cuanto al número de habitantes de la tenencia de Pichátaro, previa autorización del Congreso Local y las autoridades fiscales. Ante esto, la comunidad acudió al Congreso, Secretaría de Gobernación y diversas dependencias estatales para buscar el cumplimiento del acuerdo firmado por las autoridades municipales de Tingambato. Pero en estas instancias tampoco fue resuelto el problema de fondo.

Con las nuevas autoridades del municipio, que tomaron posesión el pasado 1 de septiembre, tuvieron algunos encuentros para exigir su derecho a la entrega de los recursos públicos que por ley les corresponde. Pero estas autoridades cerraron por completo las opciones de diálogo, mostrando nula voluntad política para resolver el problema, como lo muestra la respuesta emitida por el cabildo el 17 de septiembre, donde señalaron que no entregaría ningún recurso a Pichátaro porque no tienen la facultad y se encuentran impedidos legalmente por la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La anterior respuesta del Ayuntamiento a la comunidad de Pichátaro, simplemente muestra un aspecto de la típica política institucional frente a las comunidades, el absoluto dolo para violar los derechos de los indígenas, pues en el precepto legal que utilizaron establece claramente que “los Ayuntamientos pueden autorizar la entrega de los recursos de la hacienda municipal a otra autoridad.”

Además, esta respuesta del Ayuntamiento constituye una violación clara al derecho que tienen las comunidades indígenas a la libre determinación y autogobierno consagrado tanto a nivel nacional como internacional, pues en la concepción de este derecho se considera que la esfera económica es fundamental para el desarrollo de las comunidades y pueblos indígenas.

Ante dicho contexto y agotado el diálogo con las instancias municipales y estatales, la comunidad da un nuevo giro a su movimiento, y como parte de sus estrategias opta por la vía legal para exigir su derecho a la libre determinación y al autogobierno. En ese sentido, luego de una serie de peticiones de las autoridades de la comunidad de Pichátaro para ser apoyados en su lucha por obtener directamente los recursos del presupuesto público sin intermediación de la cabecera municipal, el equipo de abogadas y abogados del Colectivo Emancipaciones se sumó al acompañamiento del caso.

El día 29 de septiembre se interpuso el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales del ciudadano para la defensa del derecho de libre determinación y autogobierno de la comunidad Purépecha de San Francisco Pichátaro, ante la Sala Regional de Toluca, V Circunscripción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. En este juicio se solicita se ordene al Ayuntamiento de Tingambato entregar los recursos públicos proporcionales a la autoridad local que designe la Asamblea General.

Días después, dicho Juicio fue atraído por la Sala Superior del TEPJF, máximo tribunal en materia de derechos políticos del Estado Mexicano, atendiendo a la importancia que representa este caso para las comunidades y pueblos indígenas de México, que continúan en la resistencia y exigen sus derechos utilizando un repertorio más ampliado de recursos.

Finalmente, de resolverse favorablemente el juicio, estaríamos ante un nuevo precedente para la conquista, vía jurisdiccional, del reconocimiento de los derechos de libre determinación y autogobierno de las comunidades y pueblos originarios. Pero la trascendencia de este proceso es que abriría un espacio de derechos muy importantes para las tenencias que no son cabeceras municipales, pero que forman parte de la estructura de los municipios. Por último, es necesario señalar que dicho precedente lograría la participación efectiva de los pueblos indígenas en el Estado Mexicano, y con ello, un paso más hacia la conformación de un Estado Intercultural.

Alejandra González Hernández es integrante del Colectivo Emancipaciones, Maestra en Derecho con Opción en Humanidades por la UMSNH, profesora de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo y abogada de las comunidades de Cherán y Pichátaro

Víctor Alfonzo Zertuche Cobos es integrante del Colectivo Emancipaciones, Maestro en Derecho con Opción en Humanidades por la UMSNH y abogado de las comunidades de Cherán y Pichátaro

21 octubre, 2015
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