Imagen de La Vanguardia
El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) ha emitido este sábado dos nuevas sentencias en las que ha eliminado parte de las decisiones 155 y 156 del pasado 28 y 29 de marzo respectivamente.
El TSJ ha suprimido el contenido de la sentencia 155, “en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria”. Además, se ha anulado el punto de la sentencia 156, “referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta o por el órgano que ella disponga”.
La madrugada de este sábado el presidente venezolano Nicolás Maduroha declarado que el Consejo de Defensa de la Nación de Venezuela ha señalado que el conflicto entre los poderes ha sido superado.
“Queda superada esta controversia, demostrando las capacidades de diálogo”, ha señalado Maduro, destacando que las partes han “avanzado en importantes acuerdos y soluciones”.
El pasado 30 de marzo una sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) desautorizó al Parlamento venezolano para ejercer sus funciones.
El máximo tribunal del país determinó que la situación de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional (AN) invalida las decisiones de esa instancia, por lo que será la Sala Constitucional la encargada de ejercer “las competencias parlamentarias” o designar el órgano que disponga “para velar por el Estado de derecho”.
El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, decidió convocar al Consejo de Seguridad de la Nación para resolver el ‘impasse’ presentado entre la Fiscalía General y el TSJ.