Gustavo Aguado Butanda, director del medio de comunicación
Revolución Michoacán 3.0
PRESENTE
En relación a la nota titulada «Renuncia silvanismo a atender obligaciones de cambio climático», firmada por Patricia Monreal, me permito hacer las siguientes aclaraciones:
Los señalamientos ofrecidos por la reportera son opiniones personales en las que no cita ninguna fuente ni muestra un documento que sustente sus interpretaciones.
En esta nota la reportera demuestra su desconocimiento de cómo operan las leyes de carácter estatal que tienen como jurisdicción el propio estado de Michoacán, en las cuales se fundamentan los diversos programas que se han puesto en marcha a partir de la actual administración encabezada por el Gobernador Silvano Aureoles Conejo.
Primeramente, se debe manifestar que la Ley Orgánica del Ejecutivo del Estado (la que se pretende reformar), es un instrumento que organiza las competencias de las dependencias e instituciones para despachar los asuntos, es decir, a que dependencia centralizada le corresponde dirigir cada política pública en un tema en especifico.
Por otro lado contamos con leyes sustantivas que no se modifican a pesar de las reestructuras que aplique el Ejecutivo previa anuencia del Poder Legislativo, a saber, existen la Ley Ambiental, la Ley de Cambio Climático, la Ley de Residuos Sólidos Urbanos, la Ley de Responsabilidad Ambiental, el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán, y la Ley Forestal del Estado de Michoacán, entre otras legislaciones federales que son de observancia obligatoria para las entidades.
Estás leyes siguen vigentes y fundamentan las acciones operativas que el Estado está realizando para mitigar los efectos ambientales, como detener el avance de la frontera agrícola, impedir la circulación vial a vehículos ostensiblemente contaminante y otros programas que se están preparando para detener el crecimiento urbano anárquico.
Además, en una de las referidas leyes, también está contemplado el Programa Estatal de Cambio Climático, el cual es una herramienta especifica para combatir de forma frontal dicho asunto, con ello quiero aclarar que la atención que el ejecutivo del estado le da al cambio climático va mas allá de la fusión de dependencias.
Desde esta perspectiva, es necesario aclarar que la reestructura que anunció el Gobernador Silvano Aureoles Conejo, obedece a una estrategia de ahorro de recursos públicos, mas nunca intenta degradar las atribuciones legales que en materia medio ambiente existen en Michoacán.
Muestra de este compromiso fue que el pasado 4 de agosto del 2016 se actualizó y modificó la Ley Forestal del Estado de Michoacán, en la cual se le otorgan facultades a la Comisión Forestal de Michoacán, sectorizada a la nuestra secretaría, y la cual permite que por primera vez se esté atacando de manera frontal el cambio de uso de suelo, detrás del cuál se encuentran los delitos de tala clandestina, comercio ilegal de madera, provocación de incendios forestales, retención ilegal de agua pluvial y despalme de la cubierta vegetal original.
Es necesario destacar que el gobierno que encabeza el ingeniero Silvano Aureoles Conejo está sentando un precedente, porque nunca antes se habían realizado acciones de este tipo, es hasta la presente administración en la que se están sancionado estos ilícitos con los que se busca detener este tipo de ecocidos y mitigar los efectos de cambio climático que ya se están viviendo.
En relación con la educación ambiental y la participación de la academia, podemos decir que siempre hemos privilegiado la opinión científica, y se han echo acuerdos institucionales con la Universidad Michoacana, el Tecnológico de Lázaro Cárdenas, el Centro de Educación Forestal en Uruapan, el Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán, entre otras instituciones educativas al interior del estado, con quienes se colabora no sólo en campañas de difusión, sino en acciones propias del investigación ambiental.
Incluso está en operación un espacio de divulgación científica estatal a través de La Casa de la Tierra, espacio abierto al público en general, y dónde gracias a la tecnología se pueden realizar animaciones virtuales sobre lo que le ocurre a nuestro plantea debido al cambio climático, este espacio se localiza en el mismo edificio del Planetario.
Sin más por el momento, y haciendo uso al derecho a la réplica, le pido se sirva publicar estas aclaraciones en su prestigiado medio de comunicación.
Atentamente
Ricardo Luna García
Secretario de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático.
Respuesta de la reportera
Ricardo Luna García
Titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático
(Próxima a cambiar su nombre a Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial)
En atención a su carta turnada a esta redacción, más allá de las inconsistencias ortográficas de la misiva, agradezco la prestancia que muestra para informar y proporcionar elementos para el debate sobre las acciones que en materia de cambio climático desarrolla la administración estatal actual.
Atendiendo a su misiva y para dotarlo de elementos que le permitan claridad sobre la información presentada en la nota «Renuncia silvanismo a atender obligaciones de cambio climático» me permito compartirle en la parte final de esta respuesta el link de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado aún vigente, así como las imágenes de la iniciativa de reforma que propone el gobernador Silvano Aureoles Conejo, a fin de que pueda observar todas y cada una de las facultades y atribuciones que se plantean suprimir en materia de cambio climático.
Reza el principio general de Derecho Constitucional universalmente admitido que una autoridad puede efectuar sólo aquello que le permite la ley, en tanto que una persona puede realizar todo aquello que no le está prohibido por la norma.
La duda es: al carecer por Ley cualquier autoridad de la administración pública estatal de facultades expresas para atender los temas de cambio climático ¿cómo o por quién podrán ser operadas las leyes reglamentarias que en la materia existan?
Las atribuciones que expresamente se establecen en la aún vigente Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado no eran palabras ociosas, o producto de la ocurrencia de los integrantes del Poder Legislativo que les dieron cuerpo. Incluso el nombre de la propia dependencia que usted encabeza y que está a punto de cambiar, contaba con una intencionalidad expresa acerca de que el tema del cambio climático era un asunto de primerísimo orden en Michoacán.
Entiendo que sea naturaleza propia del ejercicio público ver trincheras ofensivas en puntos en los que el periodismo busca abrir cauces de discusión, análisis y reflexión, característica que en todo caso ameritaría revisión profunda de quienes se desempeñan en la función pública.
Por lo pronto agradezco encarecidamente su misiva, ya que nos permite abonar a la discusión y reflexión en torno a un tema que no sólo debe ser prioritario para la administración pública, sino para nuestra propia especie, pues de ello depende la posibilidad de futuro para todos.
Atentamente
Patricia Monreal
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo