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Colombia aprueba el primer matrimonio conformado por tres hombres

La pareja llevaba una relación de cuatro años y decidieron casarse para seguridad económica de sus bienes 

El pasado fin de semana Manuel Bermúdez, Víctor Hugo Prada y Alejandro Rodríguez se convirtieron en el primer matrimonio conformado por tres hombres en Colombia.

Los tres llevaban una relación desde hace cuatro años. A este tipo de vinculo afectivo se le llama “trieja” y puede estar conformada por dos hombres y una mujer, por dos mujeres y un hombre, tres mujeres y tres hombres.

Víctor Prada declaró a la Revista Semana que al igual que sus dos compañeros deseaban establecer una relación más formal bajo un régimen económico. Lo que ellos querían era además de casarse por amor, proteger el patrimonio que han construido juntos durante este tiempo.

Este trío de hombres en un principio tenían una relación con un cuarto miembro llamado Alex Esnéider Zabala, quien murió en 2015 a causa de un cáncer de estómago. Tras su muerte, los tres restantes tuvieron algunos problemas legales, por la pensión que dejó y todos los bienes adquiridos durante el tiempo que estuvieron juntos.

De cierta forma el matrimonio legal los protege a los tres ante cualquier circunstancia si alguien desea reclamar sus bienes.

Los nuevos esposos tienen trabajos estables en Medellín. Manuel es comunicador social, Víctor es estudiante de arte dramático y Alejandro es licenciado en educación física. Señalan que su relación está basada en la negociación, no hay roles específicos y la convivencia se hace muy amena.

Al respecto, Germán Rincón Perfetti, abogado y activista LGBTI, explicó a la AFP que ésta es la primera relación que se legaliza y el acceder a este régimen patrimonial tiene implicaciones “cien por ciento legales” para los tres hombres, ya que en caso de que exista separación o uno de los tres fallezca, la separación de bienes o el acceso a la pensión se complicaría.

En Colombia existe el matrimonio entre personas del mismo sexo y las parejas homosexuales tienen el derecho de adoptar menores, sean o no hijos biológicos de uno de los miembros, por decisiones de la Corte Constitucional.

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13 junio, 2017
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