Ambiente


Confirma ASF manejo indebido de explosivos y falta de permisos para obra de Ramal Camelinas

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no contaba con la liberación del derecho de vía, ni con la autorización del cambio de uso de suelo, ni los permisos necesarios para el uso y manejo de explosivos en la construcción del Libramiento Sur de Morelia en el tramo Ramal Camelinas, según lo determina la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en su informe sobre la fiscalización de la Cuenta Pública Federal 2016.

El documento con sus anexos fue presentado por la Auditoría este martes ante la Cámara Baja del Congreso de la Unión, y hecho público a todo aquél interesado en consultarlo en su portal web.

En el caso de los recursos ejercidos ese 2016 en la obra del Libramiento moreliano en su tramo Ramal Camelinas, el organismo fiscalizador efectuó nueve observaciones de las cuales siete fueron solventadas y dos quedaron pendientes; además emitió dos recomendaciones sobre este asunto.

La primera recomendación es para que la SCT implemente las acciones y los mecanismos de control necesarios con objeto de que en lo subsecuente, previamente a la realización de los trabajos, se tramiten y obtengan de las autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias o derechos de propiedad incluyendo de vía y expropiación de inmuebles sobre los cuales se ejecutarán las obras públicas, de conformidad con la normativa aplicable.

Lo anterior debido a que en la revisión del contrato a precios unitarios y tiempo determinado número 201516CEA012W002015, cuyo objeto era la construcción del Túnel 2 del Libramiento Sur de Morelia, Tramo Ramal Camelinas, subtramo del kilómetro 3+500 al kilómetro 4+200, incluyendo sus accesos, con un plazo contractual de 430 días naturales del 23 de octubre de 2015 al 26 de diciembre de 2016, y en el análisis de la información proporcionada por la SCT, se detectó que dicho contrato fue formalizado el 16 de octubre de 2015, sin que se acreditara la liberación del derecho de vía, y únicamente se cuenta con un contrato de promesa de donación de un bien inmueble para la obra “acceso a Jesús del Monte en su ramal Avenida Camelinas”, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la SCT, y el apoderado legal del propietario del predio.

“De igual manera, se verificó que no se contó oportunamente con la autorización del cambio de uso de suelo en terrenos forestales, el cual no fue obtenido si no mismo que fue obtenido hasta el 13 de julio de 2016, 264 días posteriores al inicio de los trabajos”

La Auditoría apunta que una vez analizada la información y documentación proporcionada, se determinó que la observación persiste, en virtud de que, se verificó que la entidad fiscalizada no contaba con la liberación del derecho de vía, así como la autorización del cambio de uso de suelo en las superficies restantes y su camino de acceso para la construcción del libramiento Sur de Morelia, tramo Ramal Camelinas y su camino de acceso hasta julio de 2016, y toda vez que se comprobó que la cesión de derechos corresponde a un obra distinta a la observada.

La segunda recomendación a la SCT es para que implemente las acciones y los mecanismos de control necesarios con objeto de que, en lo subsecuente, en la ejecución de las obras públicas a su cargo en las que se requiera el uso de explosivos, se verifique que previamente a la ejecución de los trabajos se cuente con la autorización para la adquisición, traslado, manejo, almacenamiento y uso de explosivos y artificios necesarios, por parte de las instancias pertinentes de conformidad con la normativa.

Lo anterior luego de que la Auditoría Superior de la Federación verificó que al momento de formalizarse el contrato para la construcción de la referida obra el 16 de octubre de 2015 no se contaba con el permiso correspondiente para la adquisición, traslado, manejo, almacenamiento y uso de explosivos y artificios necesarios para la ejecución de la obra, y no fue sino hasta el 6 de marzo de 2017 que se obtuvo el permiso ordinario para la compra y consumo de material explosivo, expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional, es decir, 500 días posteriores al inicio de los trabajos.

20 febrero, 2018
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