Morelia, Michoacán. Diputados locales dicen querer fortalecer la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) a la par que jinetea los recursos de las prestaciones de los auditores que la integran, tanto que a partir de diciembre pasado notaron disminuciones respecto a lo que se les venía pagando desde 2003.
El asunto ya fue planteado por los auditores a la Comisión Inspectora de la ASM para su intervención, sobre todo porque los recursos para las prestaciones están previstos dentro del presupuesto de egresos aprobado para este año, por lo que se desconoce el paradero de esos recursos.
Los trabajadores elaboraron un diagnóstico sobre la situación que priva en la materia a fin de entregarlo a los legisladores para que revisen esta situación.
Las prestaciones que los auditores perciben desde que se creó el Órgano Técnico en 2003 son diez al año por un monto total de 27 mil 50.58 pesos, e incluyen un monto de mil 400 pesos como despensa por el Día del Empleado Público Estatal; un apoyo bimestral para el desempeño y capacitación por 300 pesos; un apoyo de tres mil 281 pesos de despensa por el Día de la Madre; una compensación anual al Fondo Social de Previsión Múltiple de dos mil 559 pesos; ayuda para gastos de transporte por dos mil 559 pesos al año; dos mil 51 pesos de despensa del Día del Padre; seis mil 973 pesos de ayuda para útiles escolares; mil 305 pesos de despensa de cumpleaños; tres mil 821 pesos de despensa de fin de año; y mil 300 de rifa de fin de año.
En el documento los trabajadores refieren que en diciembre de 2016 y febrero de 2017, se observó en los recibos de pago, una disminución en las prestaciones que se venían otorgando desde el año 2003, motivo por el cual se llevaron a cabo las gestiones para que no se vean vulnerados los derechos y percepciones del personal con categoría de auditor.
Refieren que en diciembre pasado, no fueron otorgadas las prestaciones de Despensa de Fin de Año y Rifa de Fin de Año, así mismo en febrero no se recibió la Despensa Día del Empleado Público Estatal.
Apuntan que con fundamento en el artículo 394 de la Ley Federal del Trabajo de aplicación supletoria en términos de los que dispone el artículo 8 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, las prestaciones ya otorgadas no pueden ser susceptibles de ser modificadas en perjuicio del trabajador, solamente podrán ser modificadas en beneficio; “situación que vulnera la economía y preocupa a los Auditores de este Órgano Técnico que en los meses subsecuentes se sigan eliminando prestaciones; razón por la cual se solicita muy atentamente, se realicen las gestiones necesarias para efectos de que se mantengan todas las prestaciones a las que se tiene derecho; así mismo se reintegren las que no fueron pagadas”.