Política


Control de convencionalidad, un mecanismo ejercido por los jueces

Redacción / @Michoacan3_0

Morelia, Michoacán.- Como parte de las actividades de la Reunión Nacional de Jueces Michoacán 2014, se realizó la conferencia magistral “La doctrina de control de convencionalidad y su papel transformador del constitucionalismo mexicano” a cargo de Carlos María Pelayo Moller, catedrático de la Universidad Iberoamericana.

Ante jueces de todos los estados de la República Mexicana, el doctorando por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, se refirió al control de convencionalidad como un mecanismo que debe ser ejercido por los jueces.

Señaló que la doctrina del control de convencionalidad, desarrollado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), no se encuentra exento de controversias y detractores, es un concepto híbrido que combina elementos tanto de Derecho Constitucional como del Derecho Internacional de los DD.HH.

Precisó además que, el control de convencionalidad, tanto de la CIDH como de diversos tribunales nacionales, se ha desarrollado como una herramienta para dar respuesta a situaciones en donde el respeto y la garantía de los derechos han sido puestos en entredicho, y donde diversas y variadas acciones deben ser tomadas por todos los niveles de gobierno de un Estado. De ahí que su constante adecuación y transformación se esté convirtiendo en una herramienta eficaz en la impartición de justicia.

Pelayo Moller hizo énfasis en la importancia de la justicia trasnacional, al señalar que la CIDH no puede funcionar como una cuarta instancia, derivado del rezago, tal como ocurre por ejemplo con su hermano mayor, el Tribunal Europeo; así, destacó: “la justicia internacional no puede ser ordinaria, simplemente puede ser subsidiaria, ya que los casos nacionales pueden ser resueltos con base en los criterios de la Corte, esto, haría más funcional las atribuciones de la misma”

Finalizó señalando que las sentencias de Corte son obligatorias y han sido cumplidas por los jueces mexicanos. En palabras del ponente: “este evento puede considerarse como un evento que da cumplimiento a las sentencias de la Corte, incluso, con la elaboración de un documento final, puede dejarse testigo de que los jueces cumplen con el respeto de los derechos humanos recogidos en la Convención Americana de Derechos Humanos.

26 junio, 2014
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