Respecto al pronunciamiento de productores de aguacate del Municipio de Ocampo, emitido recientemente a través de un medio de comunicación local, y donde anuncian que harán un frente común para detener las acciones que realiza la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático (Semarnacc), esta dependencia ofrece las siguientes aclaraciones:
A través de un comunicado de prensa la Semarnacc señaló que es solamente un integrante del cuerpo colegiado llamado “Mesa de Seguridad Ambiental”, que estableció en este Gobierno que encabeza Silvano Aureoles Conejo, para detener y revertir la alarmante pérdida del bosque y el desmedido e irracional saqueo de los recursos naturales, mas no para reñir contra las actividades productivas del sector agrario, ya que no se está en contra del desarrollo del agro en Michoacán.
«Sin embargo, el crecimiento de huertas no puede seguir dándose de manera anárquica a costa de nuestros recursos naturales, que son patrimonio de todos los michoacanos y michoacanas, no solamente de los productores», dijo la dependencia.
Indica que el desmantelamiento huertas que se instalaron de manera ilegítima se encuentra previsto en el artículo 166, fracción III, de la Ley Forestal del Estado de Michoacán, por lo tanto, no es un acto de arbitrariedad o un abuso de autoridad, como lo quieren hacer ver los productores, es una acción totalmente legal.
En un estado de derecho el desconocer las Leyes Ambientales no exime de la responsabilidad a quienes la incumplen. Es por ello que en las visitas de inspección, bajo investigación previa se sabe que no cuentan con los correspondientes permisos federales para hacer cambio de uso de suelo, por lo que se procede aplicar la Ley de manera rigurosa, ya que previamente se sabe de manera fehaciente que las huertas anteriormente se encontraban en zonas forestales.
En este sentido, los ciudadanos que sientan que algún derecho fue vulnerado, pueden recurrir a los tribunales competentes en la materia y con ello la Mesa de Seguridad Ambiental en ejercicio legítimo del derecho podrá establecer nuevos modelos de producción y manejo de los recursos naturales de todos los michoacanos, amén de que se podrá dar con los responsables de los delitos que conllevan el cambio de uso de suelo como son: incendios forestales provocados, tala forestal ilegal, venta ilegal de madera, eventualmente el ecocidio y el propio delito de cambio de uso de suelo.
Por ello, la dependencia exhortó a no soslayar que el bien jurídico que se tutela en el caso que nos ocupa, es la protección al equilibrio ecológico y al patrimonio natural de los michoacanos, que nada tiene que ver con los derechos individuales como lo manifiestan los productores, y que dicho sea de paso “el bien común prevalece sobre los intereses particulares”.