Derechos Humanos


Incumple ayuntamiento de Tarímbaro recomendación de la CEDH

Redacción / @Michoacan3_0

Morelia, Michoacán.- El Ayuntamiento de Tarímbaro incumplió parcialmente una recomendación que emitió la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) por violación a la libertad e integridad personal, de seguridad jurídica y de propiedad privada; así como por cobro ilegal de multa.

Lo anterior derivado de la queja presentada por una mujer en el mes de octubre de 2012, quien manifestó que se encontraba en su auto, estacionado en una calle de Téjaro, en compañía de tres personas más del sexo masculino, cuando una patulla de la policía municipal de Tarímbaro con tres policías a bordo, se detuvo. Uno de ellos les indicó que bajaran del vehículo, porque los tendrían que acompañar por estar cometiendo faltas.

Al ver que la mujer no accedía, llamaron a una policía del sexo femenino, quien acudió al lugar y sin decir palabra la jaló de la ropa con una actitud agresiva, la esposó y la aventó a la patrulla, a pesar de que la afectada le avisó que tenía una operación reciente.

Junto con los otros tres detenidos, a quienes también esposaron, los condujeron a barandilla. Ahí se dio cuenta que robaron 3 mil 200 pesos de su bolso. Tuvo que recurrir a una amiga para pagar la multa de 300 pesos por cada uno de los detenidos.

Por estos hechos la CEDH emitió la recomendación 014/2014 dirigida al presidente municipal de Tarímbaro, en donde se pidió reintegrar a la afectada la cantidad de 3 mil 500 pesos por concepto de reparación del daño.

También solicitó dar parte al órgano de control para que se iniciara procedimiento de responsabilidad a Araceli González Nava, José Julio Acosta Bárcenas y José Luis Rangel Merino, elementos adscritos a la Policía Municipal de Tarímbaro.

La recomendación fue aceptada y cumplida parcialmente, pues no se remitió constancia que acreditara los procedimientos administrativos levantados en contra de los elementos de seguridad; solo se comprobó el pago económico por concepto de reparación del daño a la quejosa.

Por lo que en apego al artículo 86 de la Ley y al 52 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación.

12 septiembre, 2014
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