Política


Lista convocatoria de Morena para la definición de sus dirigentes

La convocatoria de Morena para la renovación de sus dirigencias y espacios de decisión finalmente quedó lista y en el proceso sólo podrán participar los afiliados al partido registrados máximo hasta el 20 de noviembre de 2017.

El partido guinda se someterá a un proceso completo en la definición de su estructura y abarcará la definición de coordinadores distritales; congresistas, consejeros estatales; congresistas y consejeros nacionales; presidentes de los consejos estatales, e integrantes de los Comité Ejecutivos Estatales.

Por lo que toca a las fechas, en el caso de Michoacán los Consejos Distritales se desarrollarán el 27 de octubre para definir a los coordinadores distritales, los congresistas y los consejeros estatales.

El Congreso y Consejo estatales que se celebrarán el diez de noviembre, serán para definir al presidente del Consejo Estatal y a los integrantes del Comité Ejecutivo Estatal.

Finalmente el III Congreso Nacional Ordinario, será el 23 y 24 de noviembre en la Ciudad de México, y ahí se definirá al presidente del partido y los integrantes de la dirigencia nacional.

Para evitar el caos al momento de efectuarse las asambleas, en la convocatoria se solicita a los militantes verificar su afiliación en el Padrón Nacional en su portal web.

La acreditación se realizará de manera personal y no procederá representación o comisión alguna. Todas las personas que deseen pre registrarse podrán hacerlo hasta un día antes de la celebración del Congreso correspondiente, en las direcciones que se publicarán en la página de internet del partido, en donde obtendrá un código QR o una cadena de seguridad que le permitirá agilizar su acreditación e ingreso al Congreso.

Para ser elegidos a los diferentes cargos que están en juego, los interesados deberán en pleno uso y goce de sus derechos partidarios.

No podrán ocupar cargo ejecutivo quienes desempeñen un cargo de elección popular o sean ministros, magistrados o jueces federales o locales o servidores públicos de la administración de los tres órdenes de gobierno federal, estatal o municipal que tengan responsabilidad de mandos medios o superiores, adjuntos y homólogos o su equivalente de acuerdo con la denominación que se le dé en la ley respectiva y por la cual dispongan de recursos humanos, materiales y/o económicos, salvo que soliciten su separación del cargo, mediante licencia o renuncia respectiva antes de postularse.

21 agosto, 2019
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