Alejandro Baltazar / @Doncaracol3_0
Morelia, Michoacán.- Michoacán ha dado un primer paso hacía el trato igualitario con la comunidad «LGBT» siglas usadas colectivamente para incluir a lesbianas, gais, bisexuales y transexuales, gracias a la promoción de un amparo ante el Poder Judicial de la Federación, por considerar que el Código Familiar de Michoacán es violatorio de los derechos humanos.
No obstante, es necesario observar el escenario respecto a los derechos del matrimonio igualitario, puesto que como mencionó Gerardo Herrera, presidente del Grupo Facto Diversidad Sexual, la actual legislatura local incurre en la violación a las garantías individuales al negarse a discutir la reforma al Código Familiar de Michoacán.
El Código Familiar de Michoacán señala en su artículo 123 que: “El matrimonio es la unión legítima de un HOMBRE y una MUJER para procurar su ayuda mutua, guardarse fidelidad, perpetuar la especie y crear entre ellos una comunidad de vida permanente”.
De la misma forma en el artículo 125 señala “El Estado protegerá la institución del matrimonio por ser el fundamento de la familia y de la conservación de la especie”.
Ambos artículos, son excluyentes de los derechos de los homosexuales a limitar el sentido del matrimonio a la reproducción y al contemplar que semánticamente la palabra matrimonio atañe a la unión, exclusiva, entre hombres y mujeres.
Como antecedente el mes de febrero en el estado de Guanajuato se realizaron las modificaciones pertinentes para permitir el matrimonio igualitario. En este caso, con la modificación al artículo quinto de la Constitución quedó prohibida la discriminación, atentar contra la dignidad humana, así como el menoscabo de derechos y libertades por origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, religión o preferencia sexual.
Tras la modificación anterior, en el estado de Guanajuato reformaron 10 artículos del Código Civil, de tal manera que quedaron sustituidas las palabras hombre y mujer por cónyuges, por lo que la realización de matrimonios igualitarios sería posible.
En Michoacán en el año 2009 se publicó la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en el Estado de Michoacán de Ocampo, que como su nombre señala apunta a prevenir, sancionar y eliminar la discriminación y la violencia, así como coordinar a los niveles de gobierno para generar políticas públicas que abonen a ello, sin que la existencia de la Ley haya generado un cambio profundo en el rubro de los derechos sociales de los grupos vulnerables en el estado.
En el ámbito federal la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el pasado enero dictaminó la sentencia por la cual los matrimonios que estén conformados por personas del mismo sexos serán reconocidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y serán sujetos de afiliación al régimen ordinario.
Con estos precedentes queda expresa la necesidad de discutir las reformas necesarias al Código Familiar de Michoacán así como de aplicar políticas públicas que prevean y procuren los derechos sociales de todos los michoacanos, esa es la exigencia de organizaciones y activistas defensores de derechos humanos con la premisa de “evolucionar”, hacía una sociedad y leyes más incluyentes.