Morelia, Michoacán. Una vez más el Congreso local incurrió en materia indígena en desacato a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al haber efectuado modificaciones normativas que atañen a comunidades y pueblos indígenas sin que éstos hayan sido consultados.
En concreto se trata de la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal aprobada por los diputados locales el pasado miércoles 27 de junio, en la que se suprimió la Secretaría de Pueblos Indígenas.
Si bien la forma de operar de dicha dependencia no encontraba eco en todas las comunidades y pueblos indígenas, el Congreso local por mandato judicial estaba obligado a efectuar una consulta sobre su desaparición o no.
Cabe recordar que a partir del caso Cherán y su reconocimiento como municipio indígena, luego de la ruta jurídica que se siguió para elegir a sus autoridades por la vía de usos y costumbres y para que las autoridades estatales reconocieran el carácter de autoridad municipal a su Concejo Mayor de Gobierno Comunal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación mandató al Congreso del Estado que toda reforma legal que ataña a los indígenas debe consultárseles.
Es así como la reforma aprobada por el Congreso a propuesta del Ejecutivo del Estado es susceptible a impugnación y motivo de controversia legal, lo que está valorándose en comunidades para determinar si se procede o no al respecto.