Patricia Monreal / @Michoacan3_0
Morelia, Michoacán.-Al menos Cherán y Santa Cruz Tanaco tendrían que ser consultadas en la conformación de la nueva Ley Orgánica Municipal para el estado, y en caso de así solicitárselo el Instituto Electoral de Michoacán estará dispuesto a participar, apuntó el consejero electoral Humberto Urquiza Martínez.
Cabe apuntar que el Congreso local realiza foros de consulta en diferentes puntos del estado para la confección de una nueva Ley Orgánica Municipal, y pese a que se ha señalado la intención de consultar a Cherán sobre la misma., hasta el momento no ha arribado al IEM solicitud formal al respecto.
Entrevistado sobre el particular, Urquiza Martínez apuntó que hay mucho por hacer desde la perspectiva indígena, “en el caso del Instituto ya estamos en coordinación con el Congreso y el gobierno del estado porque ellos también traen agenda en la materia”.
Recordó que el organismo electoral tiene la obligación de reglamentar el derecho a la consulta indígena previsto en la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana, para lo cual tienen como plazo a finales de agosto y principios de septiembre.
Para ello el organismo comicial realizará las consultas respectivas a las comunidades, a fin de estar en condiciones de presentar el proyecto de reglamento a finales de agosto y que el Consejo General esté en condiciones de aprobarlo a principios de septiembre.
“Estamos haciendo la proyección de las consultas para sacar adelante el reglamento tanto el tema de consulta a las comunidades como de cambio de elección por usos y costumbres. De nuestra parte tenemos la planeación desde el año pasado que entró en vigencia la Ley y también frente a la necesidad de reglamentar más el tema de la elección por usos y costumbres”.
En el caso de las normas a estudio dentro del Congreso local, Urquiza Martínez refirió que está la de Ley de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Originarios, reformas al Código Electoral, y la propia Ley Orgánica Municipal.
“El indígena se está potenciando como un tema muy importante, donde todas las instituciones tenemos obligación de participar, en esa medida al IEM de acuerdo a la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana le toca hacer las consultas, aunque ciertamente las instituciones son libres de consultar a las comunidades si así lo desean”.
-¿La intervención del IEM es lo que le da validez a una consulta no?
“Pues sí, hay una serie de requisitos, la ley marca que nosotros tenemos que intervenir y en esa medida estaremos listos, pero necesitamos tener primero la reglamentación”.
“Entiendo que ahorita los temas están caminando de forma muy rápida en el Legislativo, traen su propia lógica, nosotros nos ponemos a las órdenes del Congreso, el gobierno y de cualquier institución que quiera hacer una consulta, pero nosotros sí tenemos que hacer la nuestra”.
Informó que el organismo ha tenido ya pláticas con las comisiones legislativas de Asuntos Electorales y de Pueblos Indígenas y que en caso de así solicitarlo el IEM intervendría en la organización de la consulta que se requiera, independientemente de que se haya o no aprobado el reglamento.
“Si lo hacen al margen del IEM y de los mecanismos de participación ciudadana que prevé la ley su validez o no sólo la puede determinar la Corte o un órgano que revise eso; nosotros estamos dispuestos a ayudarles con base a lo que nos marcan por lo menos en cuatro artículos de la Ley de Mecanismos de Participación,”.
–¿Usar la vía del IEM le da carácter vinculatorio a la consulta y con lo otro queda a nivel de buena voluntad?
“Puede ser, aquí lo que entran son las interpretaciones, si no lo llevamos por el conducto del IEM y de la Ley de Mecanismos de Participación adquiere la naturaleza de ser obligatorio y potestativo para la autoridad, esa es una interpretación”.
-¿En el caso de una ley, el esquema de consulta cómo es?
“Cuando tú vas a consultar una ley, que en el caso del IEM sería por ejemplo el reglamento, lo que vas a hacer es exponerle a la comunidad en qué consiste lo que se está reglamentando respecto a lo que a ellos les impacta”.
“En el caso por ejemplo de la Ley Orgánica Municipal sin conocer aún yo el contenido de la iniciativa, seguramente sería sobre el cómo funciona el municipio, y en el caso de Cherán un municipio con características indígenas y con una autoridad indígena, cómo va a funcionar y cómo va a afectarles, eso tienen que trabajarlo entre la comunidad y la autoridad”.
“Es decir se entra en un proceso de consenso entre la comunidad y la autoridad para llegar a un acuerdo, y al llegar a éste entonces se le da validez y se vuelve obligatorio”.
-¿Entonces el IEM tendría que coordinar la participación del Congreso con la comunidad?
“Si, así es, así lo marca la Ley de Mecanismos de participación ciudadana”.
-¿Y el Congreso ya se los solicitó?
“No”
Urquiza Martínez apuntó que el indígena es un derecho novedoso no sólo para Michoacán, “el derecho ahí está y ha estado para las comunidades, pero pocas veces se le ha dado tanta formalidad incluso a nivel nacional; San Luis Potosí tiene una ley, pero son las pocas legislaciones locales que hay al respecto, Oaxaca tiene algo sobre esto, pero no hay mucho, y en Michoacán los antecedentes son muy pocos, el más reciente el de Cherán y Tanaco.
“Estamos en un proceso de aprendizaje de un mecanismo de participación ciudadana que se llama derecho a la consulta, pero igual va a estar el plebiscito, referéndum, la consulta popular o el presupuesto participativo municipal. En el Congreso visualizaron que tenían que cambiar la ley por lo que en algún momento pasó con el Código Electoral…”
-Pero es que ya no les queda de otra, no quiere decir que sea por voluntad propia.
“Puede ser así, pero al final de cuentas se tiene que ejercer ese derecho, ahí es el Instituto el que manifiesta como institución apoyará para que esto suceda”.
-¿El Congreso sólo está obligado a consultar a Cherán o a todas las comunidades?
“Depende, ahí el criterio es que si la acción –en este caso la Ley- tiene impacto a todas las comunidades entonces tendrá que consultarse a todas; en este caso estamos hablando de la Ley Orgánica Municipal y en mi opinión sólo estaríamos hablando de consulta a Cherán porque es ya un municipio con gobierno indígena al que sí le puede alterar su estructura interna”.
“Habría que valorar también el tema de Santa Cruz Tanaco porque es una jefatura de tenencia de Cherán y en la Ley Orgánica también se regulan las autoridades auxiliares municipales. Yo por lo menos veo a estas dos comunidades que sí deben ser consultadas, porque además son las que ya han sido reconocidas como comunidades indígenas formalmente, hay muchas más sin duda, pero las que formalmente ya están son esas dos”.