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Patrones en 2017 sí deberán pagar impuesto por prestaciones que otorguen a sus empleados

Patricia Monreal / @Michoacan3_0

A partir del 2017 todos los patrones en Michoacán deberán pagar impuestos por las prestaciones que otorguen a sus trabajadores sea en efectivo o en especie, esto luego de que el Congreso local aprobó reformas a la Ley de Hacienda que clarifican criterios del comúnmente llamado impuesto del dos por ciento sobre la nómina.

Esta reforma evitará la evasión en el pago de impuestos de todo patrón, lo que a decir los legisladores del PRI impactará a los trabajadores pues inhibirá se otorguen prestaciones debido a que no podrán eludir el pago de este gravamen.

Los diputados reformaron la Ley de Hacienda, en principio para modificar el nombre de este gravamen agregándole el concepto “subordinado”, con lo que se prevé que empresas trasnacionales como Walmar u Oxxo no evadan impuestos al reportar a sus trabajadores no como empleados, sino como asociados.

Pero las reformas al alcance de dicho impuesto no tienen alcance exclusivo sólo a las grandes trasnacionales evasoras de impuestos, sino a todo patrón en territorio michoacano.

Ahora con la reforma aprobada, el artículo 50 de la norma establecerá que se considerará como remuneración al trabajo personal subordinado, los sueldos y salarios así como todas las prestaciones en dinero o en especie, con independencia de la designación que se le otorgue que deriven de un trabajo personal prestado bajo la dirección y dependencia de un patrón.

De acuerdo con perredistas y panistas, la redacción que tenía dicho artículo daba pie a que los patrones se ampararan y evitaran el pago de los impuestos a que estaban obligados.

No obstante priistas consideran que los patrones acabarán por pasar la factura de este impuesto a prestaciones a los propios trabajadores, ya sea omitiendo la entrega de estímulos o bien reduciendo de éstos el monto del impuesto que prevé la Ley.

Además con la reforma a la Ley se amplía la aplicación de este impuesto, ya que antes la norma establecía en su artículo 51 que éste se calcula aplicando la tasa del dos por ciento al monto de las remuneraciones “devengadas y efectivamente pagadas en el mes de que se trate”.

Con la nueva redacción ahora esa tasa del dos por ciento se aplicará sobre “el monto total” de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.

Durante la sesión del Pleno el Congreso de este jueves, el legislador priista Sergio Ochoa se reservó el artículo 50 de la norma con la idea de que no fuera reformado.

Al hacer uso de la tribuna apuntó que si bien la reforma pretende evitar que algunos patrones evadan el pago del referido impuesto, al ser una medida generalizada la afectación será a todo patrón y en consecuencia a todos los empleados.

“Esa no es la solución, el incrementar el pago de impuesto sobre nómina en los términos planteados traerá como consecuencia que ante la obligación del pago de más impuestos, la parte patronal gestione y promueva un cumulo de amparos.

“Sin duda alguna se afectará a la clase trabajadora, en virtud a que la parte patronal evitará el pago de impuestos mediante la negativa o cancelación de apoyos que actualmente otorga a los trabajadores, específicamente en lo relativo a la alimentación, habitación, despensas y premios”.

La propuesta del priista para no modificar el artículo 50 de la norma no encontró eco mayoritario, ya que su planteamiento obtuvo 14 votos a favor (del PRI), tres abstenciones (dos de PT y uno de Morena), y 21 en contra (PRD-PAN), en tanto que el legislador de Movimiento Ciudadano, Daniel Monada prefirió ausentarse en lo que se daba la votación para no asumir postura.

30 diciembre, 2016
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