El Protocolo para la Prevención, Actuación y Erradicación de la Violencia de Género de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) carece de dientes para sancionar los casos de violencia de género, ya que carece de un reglamento que lo haga posible.
Así lo sostienen Karina Cárdenas González y Elvia Loreto Mendoza Gómez, estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales quienes cuestionan que la Universidad carezca de un reglamento para sancionar el acoso y la violencia de género previstos en Protocolo.
Karina y Elvia participaron este miércoles en las mesas de trabajo de la Segunda Jornada de Inclusión y Equidad de Género: “Alcances, límites y propuestas sobre el Protocolo para la Prevención, Actuación y Erradicación de la Violencia de Género en la UMSNH”.
Diariamente se agrede la integridad de las alumnas con conductas de acoso y hostigamiento sexual, sostienen Karina y Elvia, quienes refieren que se conoce nombre y apellido de quienes las protagonizan, por lo que consideran debe incluso alertarse sobre el modus operandi de cada profesor en específico.
“Asistimos a un aula en donde se nos hacen comentarios misóginos y machistas, que generan miedo y desestabilizan el desarrollo académico e incluso frenan los sueños de quienes acuden a la Máxima Casa de Estudios con la ilusión de ser profesionistas”.
Es entonces cuando abordan las deficiencias del Protocolo para la Prevención, Actuación y Erradicación de la Violencia de Género, pues recalcan que no ha podido atender eficazmente los casos de acoso sin revictimizar y vulnerar a los alumnos que lo sufren.
“¿La comunidad estudiantil conoce y sabe que existe un Protocolo?, ¿las autoridades le han dado la difusión y existe un presupuesto para dar atención a esta problemática?, porque no es un tema nuevo el del acoso y hostigamiento que se sufre en las aulas, nosotras denunciamos a un profesor y muchas profesionistas ya egresadas empezaron a señalar que ellas habían padecido lo mismo con él. Esto no es nuevo, y si la Universidad tiene una herramienta, ésta ¿realmente se conoce?».
“Cuando revisamos el Protocolo decimos, bueno, describen muchas conductas, está muy padre la intención por enfrentar, subsanar y proteger, pero no existe una disposición que sancione las conductas que ahí se establecen. No hay un reglamento donde se establezca las conductas que se van a castigar, ni sanciones específicas o medidas a seguir en el dado caso de que alguien sufra violencia”.
Recuerdan el caso en 2019 del profesor en la Facultad de Derecho que fue grabado por una alumna al momento de ser acosada, lo que derivó en el despido del docente.
“Cuando despidieron al profesor, lo hicieron con el reglamento universitario y la causa de despido fue por actuar con falta de probidad y honradez. Ese es un término muy amplio, a mí defíneme qué es actuar con falta de probidad y honradez. No se menciona lo que se debería mencionar, ni se abarca lo que se debería abarcar, que sería el acoso, el hostigamiento, la discriminación, la desigualdad”.
En ese sentido sostienen que cuando se detecta una víctima de acoso u hostigamiento, debe haber un mecanismo al interior de la Universidad en el cual la víctima pueda presentar un escrito denunciando tal situación, de manera que se le permita cambiar de maestro.
“No estamos hablando de que sancionen de inmediato al maestro porque también tiene derecho a la presunción de inocencia, pero sí de prevenir que yo pueda estar en una situación de riesgo a futuro y pueda ejercer sin temor mi derecho a la educación y al libre desarrollo de la personalidad”.
Asimismo apuntan que falta que el Protocolo se actualice en los tipos de violencia que comprende, ya que no incluye la violencia digital que incluso acaba tipificarse en Michoacán y México a través de la llamada Ley Olimpia.
“El Protocolo debe ser claro para que la víctima sepa qué es lo que está viviendo y el tipo de violencia que está sufriendo, así como la manera en qué ésta se va a erradicar y de qué forma”.