Política


Tras polémica por impuestos ecológicos, ahora Ejecutivo plantea nueva Ley Ambiental

Tras la polémica generada por la creación de los llamados impuestos ecológicos que están por ser derogados en el Congreso, ahora el Ejecutivo Estatal turnó a la Cámara una iniciativa de Ley para la Conservación y Sustentabilidad Ambiental del Estado, y una propuesta de reformas en la materia a diversas normas en donde se incorpora el “seguro de responsabilidad civil” para que quien contamine pague.

Cabe recordar que con los llamados impuestos ecológicos el Gobierno del Estado no sólo fue señalado por su mala planeación, sino por tener de fondo un interés recaudatorio y no de atención al medio ambiente; finalmente en el Congreso se decidió derogarlos, por lo que se prevé que en la próxima sesión de Pleno se apruebe el dictamen respectivo.

Para atajar las críticas sobre falta de interés en la materia el Ejecutivo turaría sus nuevas propuestas legislativas a la Cámara, entre ellas la Ley para la Conservación y Sustentabilidad Ambiental que en caso de ser aprobada vendrá a sustituir a la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado.

En la exposición de motivos de su propuesta, el mandatario habla de incorporar mejores técnicas disponibles, límites máximos permisibles, y el concepto de buen estado ecológico, así como principios ambientales internacionales como el de cooperación, el de prevención, el de desarrollo sustentable, el de responsabilidad común pero diferenciada, el de precaución y el de quien contamina paga.

De acuerdo con el Ejecutivo, el fortalecimiento del Seguro Ambiental y Garantía Financiera, permitirá hacer efectivo el principio de “quien contamina paga”, cuando durante la realización de obras se produzcan daños graves o muy graves al medio ambiente, asumiendo de esta manera la responsabilidad y contar con los elementos coercitivos para exigir la reparación de daños ambientales.

En el cuerpo de la iniciativa se establece que el principio quien contamina paga o también conocido como principio de internalización de los costos ambientales, se basa en los costes ambientales producidos por la asignación de la responsabilidad para reparar los daños causados en el medio ambiente.

El artículo 176 de la propuesta refiere que son beneficiarios de los servicios ambientales, quienes aprovechan un servicio ambiental, por el cual pagan una compensación a los proveedores de estos, el Estado y la sociedad en general.

Por lo que toca al seguro ambiental y la garantía de responsabilidad, se señala que la Secretaría del Medio Ambiente podrá exigir la contratación de un seguro de responsabilidad civil por daños ambientales o garantía de responsabilidad civil o de daños al ambiente respecto del cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones, cuando durante la realización de las obras puedan producirse daños graves o muy graves al medio ambiente.

Dicho seguro puede ser requerido cuando se puedan liberar sustancias que al contacto con el ambiente se transforman en tóxicas, persistentes o bioacumulables; cuando en los lugares en los que se pretenda realizar la obra o actividad existan cuerpos de agua, especies de flora y fauna silvestre o endémica, amenazada, en peligro de extinción o sujeta a protección especial; cuando los proyectos que impliquen la realización de actividades riesgosas conforme a la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables; cuando las obras o actividades que se lleven a cabo en las áreas del Sistema Estatal, que así lo requieran; y, cuando en la operación de los centros de disposición final de residuos sólidos urbanos.

2 abril, 2019
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