En Michoacán la pobreza en una razón para poder abortar en Michoacán, ya que forma parte de las excluyentes de responsabilidad previstas dentro del Código Penal del Estado.
El aborto no es considerado un delito en Michoacán cuando se efectúe dentro de las primeras 12 semanas de gestación por las siguientes razones: cuando el embarazo sea resultado de una violación, de una inseminación artificial no consentida, de una procreación asistida no consentida o de una precaria situación económica. Dichas causas deberán de encontrarse debidamente justificadas.
En dichos casos la norma establece que los médicos tendrán la obligación de proporcionar a la mujer embarazada, información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos; así como de los apoyos y alternativas existentes, con la finalidad de que la mujer embarazada pueda tomar la decisión de manera libre, informada y responsable
Otros casos en que el aborto no es penalizado más allá de las 12 semanas iniciales de gestación son cuando de no provocarse, la mujer embarazada corra peligro de afectación grave a su salud; cuando el producto presente una malformación grave en su desarrollo, según dictamen médico; y cuando sea resultado de una conducta imprudente de la mujer embarazada.