El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez, aseguró que la Constitución establece como obligatorio votar en las consultas de revocación de mandato y sanciones para quienes no participen.
A través de Twitter, el funcionario indicó que en los artículos 35.I y 36.III de la Constitución se establece el derecho y obligación de los ciudadanos a votar en los proceso de Revocación.
También señaló al Instituto Nacional Electoral (INE) de no haber difundido la consulta de revocación, que se llevó a cabo el 12 de abril, “porque estaba en contra del procedimiento”.
La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La "autoridad electoral" nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo 1,360 millones en sus ilegales fideicomisos.
— Pablo Gómez (@PabloGomez1968) April 12, 2022
¿Qué sanciones hay por no participar en la revocación de mandato?
Según el artículo 36.III constitucional, es una obligación de los ciudadanos “votar en las elecciones, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato, en los términos que señale la ley”.
La sanción por no cumplir con esta última obligación puede provocar la suspensión durante un año de los derechos ciudadanos reconocidos en la Constitución (votar, ser votado, libertad de asociación, defender al país, de petición, ser servidor público, presentar iniciativas de ley, entre otros).