El primer bloque de normas para dar vida al Sistema Estatal Anticorrupción quedó listo; este martes las comisiones unidas signaron los dictámenes que serán sometidos a votación del Pleno en la próxima sesión y en los que se prevén sanciones de hasta 20 años de prisión y multas que alcanzan el millón y medio de UMAS (Unidad de Medida y Actualización).
Fueron cuatro los dictámenes aprobados y firmados en comisiones, el primero el que contiene la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, el segundo el de la nueva Ley de Responsabilidades Administrativas, y otros dos con reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia del Estado, y al Código Penal del Estado.
En el tintero aún están pendientes de sacar adelante reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública, a la Ley de Fiscalización Superior, y al Código de Justicia Administrativa. Estos ordenamientos se prevé estén listos en tres semanas para ser aprobados dentro del plazo que se tiene en julio próximo.
Tras la aprobación de los dictámenes los legisladores ofrecieron una rueda de prensa, en donde el presidente de la Comisión de Gobernación –que encabeza los trabajos-, Armando Mendoza aseguró que el Sistema Estatal Anticorrupción no significa un pase a la impunidad a quienes en el pasado incurrieron en acciones ilícitas y sus casos son llevados con el marco normativo vigente, ya que todos aquellos temas que estaban pendientes de revisión, serán susceptibles a atenderse en el marco de la nueva Ley.
Los legisladores aseguraron que si bien los casos que ya tienen procedimientos instaurados deben concluirse con la aplicación de leyes con que se iniciaron el Sistema Anticorrupción no implica un pase a la impunidad, y ante los cuestionamientos de la prensa aseguraron que exfuncionarios incluidos exgobernadores podrán ser revisados a partir de todos aquellos asuntos no revisados.
Por lo que toca a los dictámenes aprobados, en el caso de las reformas al Código Penal, se metió mano al tema de desaparición forzada, se incorpora el tema de la coalición de servidores públicos, el uso ilícito de atribuciones y facultades, la intimidación, el ejercicio abusivo de funciones, la negación del servicio público, el tráfico de influencia, el cohecho, peculado, concusión, y enriquecimiento ilícito entre otros.
En los delitos por hechos de corrupción se establecerá la comisión del delito de ejercicio ilícito al servicio público que se atribuya o ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión sin haber tomado posesión legítima o sin llenar todos los requisitos legales; continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión después de haberse cumplido el término por el cual se les nombró, haberse revocado su nombramiento o habérsele suspendido o destituido legalmente; se ostente con una comisión, empleo o cargo distintos del que realmente tenga; abandone la comisión, empleo o cargo sin habérsele admitido la renuncia o concedido licencia, o antes de que se presente la persona que haya de substituirlo.
Asimismo cometerá delito aquél funcionario que sustraiga, destruya, inutilice, oculte o utilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso; presente informes manifestando hechos o circunstancias falsos o niegue la existencia en todo o en parte de los mismos; que teniendo obligación por razones de su empleo, cargo o comisión, de custodiar, vigilar, proteger o dar seguridad a personas, lugares, instalaciones u objetos, incumpliendo su deber, propicie daño a las personas o lugares, instalaciones u objetos, o pérdida o sustracción de objetos que se encuentren bajo su cuidado, y quien teniendo un empleo, cargo o comisión en los centros penitenciarios, facilite o fomente la introducción, uso, consumo, posesión o comercio de bebidas alcohólicas, sustancias psicotrópicas, así como de teléfonos celulares, radiolocalizadores o cualquier otro instrumento de comunicación radial o satelital para uso de los internos, así como el ingreso de personas con fines de comercio sexual.