Tras un año y casi nueve meses de encierro, Jesús Reyna García procederá legalmente en contra de los responsables de un proceso que acusa cargado de irregularidades, criterios ajenos a la justicia y que derivaron el 22 de diciembre pasado a su libertad por el desistimiento de la Procuraduría General de la República (PGR) en la causa en su contra.
Este miércoles, en lo que fue su primera rueda de prensa ser liberado, adelantó que presentará denuncias penales en contra de funcionarios de la PGR y en contra de una Magistrada, así como cinco quejas ante el Consejo de la Judicatura Federal.
También anunció que acudirá ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y que presentará denuncia ante el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU.
Frente a cámaras y micrófonos Reyna García dio cuenta de lo que fue el proceso que se siguió en su contra, y refirió que en el sitio jesusreyna.org.mx podrán consultarse los documentos que apoyan su dicho.
El recuento de lo sucedido fue el contexto expuesto por Reyna de a determinación anunciada para actuar legalmente contra quienes tengan responsabilidad en el proceso que se le siguió.
“Sin pruebas se me detuvo y mantuvo privado de mi libertad por cuatro años y casi nueve meses”, recalcó de inicio quien ocupara interinamente la gubernatura del estado durante la pasada administración estatal, “esto muestra la perversidad de la autoridad de procuración de justicia y una faceta indeseable de los jueces”.
Refirió que el desistimiento de la PGR fue un gesto honesto de la institución, y señaló que tan no había pruebas en su contra que durante la pasada administración federal, en enero de 2018, el encargado de la Procuraduría se comprometió a formular conclusiones no acusatorias, lo que en su momento no cumplió, “el desistimiento no fue esencialmente una decisión política, fue una decisión justa y estrictamente apegada a derecho, con el desinterés político de mantenerme en prisión, a diferencia de lo que sucedió cuando se me acusó de manera infame y sin fundamento, sino sólo por motivaciones políticas”.
Y narró: “en unas horas, las primeras, que se me mantuvo en la SEIDO, armaron lo que para ellos fue una averiguación previa y me arraigaron, en un acto ilícito armado por el Ministerio Público, así como por el Juez que conoció de dicha solicitud. Supuestas inspecciones ministeriales, un manipulado video, dictámenes periciales y mi negativa a declarar, fueron utilizadas de manera amañada para ponerme en arraigo.
“Todas estas pruebas fueron declaradas ilícitas por el Tercer Tribunal Colegiado de Toluca, en el amparo en revisión 98/2016, y ordenó excluirlas del expediente, desvirtuando el proceder del Ministerio Público.
“Me mantuvieron en arraigo más de 30 días, revisaron mis teléfonos que les entregué, mis llamadas, mis correos electrónicos, cuentas bancarias, bienes, y todo cuanto quisieron y no encontraron algún indicio o prueba de conducta indebida, de la comisión de un delito. Durante mi arraigo consiguieron tres declaraciones, forzadas, contradictorias, con dichos falsos, testigos que en realidad no hacen imputación. La Procuraduría hizo cuanto quiso indebidamente, agotaron sus posibilidades de investigación y no encontraron algo con lo cual hacer una acusación fundada”.
Apuntó que el juez, en el término constitucional, ignoró los planteamientos de la defensa que reclamaba pruebas ilícitas, detención ilícita, no existencia de flagrancia, que calificara la detención, no lo hizo y dictó auto de formal prisión, “catorce meses para resolver la apelación contra el auto de formal prisión, lo ratificó y desestimó los agravios de la defensa, lo mismo que se planteó al Juez, lo mismo resolvió”.
Es así como Reyna interpuso un nuevo juicio de amparo ante un Tribunal Unitario el cual se le concedió ocho meses después para efectos de anular pruebas, con lo que señala que se destruía, fundada y legalmente, tres testimonios que eran las únicas pruebas para pretender fundar su responsabilidad.
“Contra la concesión del amparo mencionado, el Ministerio Público interpuso la revisión y mi defensa también, ante un Tribunal Colegiado. Nueve meses después se resolvió. Lo concedió dijo, para efectos de mayor beneficio: declaró ilícitas casi todas las pruebas, pervivieron únicamente los tres testimonios y lo fundamental de ese amparo en revisión: declaró que mi detención fue ilícita, que se dio fuera del marco constitucional y que se constituía en una detención arbitraria, también señaló que la flagrancia que el Ministerio Público argumentó para detenerme no existió; inexplicablemente no ordenó la libertad cuando es lo que procedía”.
“La autoridad responsable demandada, es decir, el Tribunal Unitario que confirmó en apelación el auto de formal prisión, tardó dos meses y medio en cumplir con la ejecución de ese amparo, cuando la ley sólo le otorga un plazo de tres días. Sin embargo, pretextando dar cumplimiento a los efectos del amparo y sus lineamientos, a pesar de que declaró ilegal la detención y la no flagrancia, decretó nuevamente la formal prisión, en una aberración jurídica. Ante lo anterior, promoví un nuevo amparo y el proceso siguió su curso.
“En el proceso se cerró la etapa de pruebas, cuatro años después sin que el Ministerio Público pudiera aportar una prueba más (adicionales a las declaradas ilícitas) que apoyara la comisión de conducta delictiva alguna. El Ministerio Público presentó conclusiones acusatorias a pesar de no tener ningún sustento legal.
“El día 12 de noviembre de 2018, el juez del proceso dictó acuerdo citando para dictar sentencia, transcurriendo dicho termino, la Procuraduría General de la República (bajo la nueva administración) después de analizar el caso, advirtió que no existieron pruebas para formular acusación alguna, por lo que presentó un desistimiento de la acción penal. Ante esto, el Juez acordó favorablemente la petición y acordó mi absolución”.