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Cerveza, medicinas y celulares, ya no se podrán vender en los tianguis

A partir del día de mañana quedará prohibida la venta de bebidas embriagantes, medicamentos y de teléfonos celulares, así como también realizar tatuajes, perforaciones y/o micropigmentación dentro de los tianguis, bazares y otros puestos de abasto popular de la Ciudad de México.

En la Gaceta Oficial este martes se publicaron los lineamientos de Operación de Mercados Móviles en la modalidad de Tianguis, Bazares y Complementarios en la Ciudad de México, en los cuales se estipula que tianguis o comercio sobre ruedas que incumpla con las disposiciones será objeto de una recomendación, de una amonestación o sanción mediante labor social, suspensión temporal o cancelación del permiso de operación.

“La falta de una regulación específica acerca de las condiciones y operación de este tipo de abasto, ha originado que las autoridades administrativas actúen de forma arbitraría y discrecional, sin atender la finalidad del interés social, propiciando el incremento desmedido de la población dedicada a esa actividad y la invasión de áreas en que la misma se encuentre prohibida por razones de seguridad pública e interés social”, se señala en las consideraciones de los lineamientos. 

Los productos que están permitidos son abarrotes, aguas frescas de frutas, alimentos preparados, artículos de higiene personal, accesorios de telefonía celular, carnicería, electrónicos, frutería, herbolaria, panadería y pastelería, pescado y marisco, pollería, ropa, lencería, internet, tortillería y verdulería, entre otros.

En tanto se mencionaron los horarios de los mercados móviles , los cuales será de 08:00 a 19:00 horas (zona limpia) y se podrá ampliar a petición de la asociación civil a la alcaldía 15 días hábiles anteriores a la fecha requerida, siempre y cuando se responda a las exigencias de la demanda en determinadas fechas festivas.

Sobre la realización de tatuajes, perforaciones y/o micropigmentación, se menciona que es con el fin de evitar riesgos sanitarios, lo mismo que el consumo o venta de bebidas embriagantes, tanto en la zona del mercado móvil como en los alrededores y en no menos de 100 metros a la redonda.

9 julio, 2019
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