Morelia, Michoacán.- Los conductores que utilicen un teléfono celular al momento de conducir un automóvil, son acreedores a una multa que asciende a mil 26 pesos.
De acuerdo al Reglamento, en el artículo 78, fracción VIII, establece que “No se deben utilizar teléfonos celulares, ni demás objetos o bienes que imposibiliten la conducción del vehículo”.
Por lo anterior, quien no acate dicha disposición, será sancionado económicamente, tal y como lo estipula el artículo 98, fracción XIII, inciso “D”, el cual menciona lo siguiente:
D) Por utilizar teléfono celular, o demás objetos y bienes que imposibiliten la conducción del vehículo, la multa equivale a 10 UMAS, lo que corresponde a mil 26 pesos.
Por lo anterior, la Secretaría de Seguridad Pública invita a la ciudadanía a que utilice el aparato digital solamente cuando el vehículo no se encuentre en movimiento, o descienda del mismo.
La SSP invita a la ciudadanía a respetar la señalética de tránsito en las diferentes vialidades, así como los límites de velocidad y a usar el cinturón de seguridad.