Cada día en nuestro país se registran en promedio 6.4 delitos relacionados con la explotación sexual y el tráfico de personas, mientras que en Michoacán se reportan cada 11.5 días, según los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Este lunes se conmemora el Día Mundial Contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Personas, instaurado por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999
En el caso de Michoacán delitos relacionados a la explotación sexual y el tráfico de personas, como lo es la corrupción y el tráfico de menores, y la trata de personas, han acumulado un total de 149 casos registrados oficialmente de 2015 a la fecha.
La corrupción de menores es de estos tres delitos el que más casos registra en Michoacán con un total de 107 casos, le sigue la trata de personas con 35 casos, y el tráfico de menores con siete.
Por lo que toca a México, son once mil 160 casos registrados de estos delitos de 2015 a la fecha, en donde también encabeza la corrupción de menores con ocho mil 864 casos, seguido de la trata con mil 789, y el tráfico de menores con 527 casos.
Dicho en otras palabras, cada día en México se corrompen en promedio 5.13 niños, y se conoce de al menos un caso de trata, mientras que cada tercer días se trafica con un menor según los reportes oficiales.
Pese al marco jurídico existente en nuestro país para la protección de los derechos de víctimas, así como para la persecución y castigo de quienes incurren en este tipo de delitos, el fenómeno no para en nuestro país.
Para el combate al delito de trata en el ámbito federal existe la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, y su reglamento.
Además existe el acuerdo de la Procuradora General de la República, por el que se establece la organización y funcionamiento de la Coordinación General para la investigación y persecución de los delitos en materia de trata de personas, en la propia PGR; los lineamientos para la vigilancia y monitoreo de los anuncios clasificados; y el Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos 2014-2018.
De las 32 entidades de la República cuatro carecen de una norma local específica en materia de trata de personas: Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche y Morelos.
Por lo que toca a Michoacán, el dos de julio de 2015 la pasada legislatura local aprobó la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas en el Estado, misma que también cuenta ya con su reglamento.
En dicha norma se fijan las atribuciones de los gobiernos estatal y municipal en sus ámbitos de competencia y en función de las facultades previstas en la Ley General en materia de trata, lo que gira fundamentalmente en el ámbito preventivo, de atención y de difusión. Asimismo se disponen mecanismos para tutelar la vida, la dignidad, la libertad, la integridad y la inseguridad de las personas, especialmente el libre desarrollo de niñas, niños y adolescentes.