Redacción / @Michoacan3_0
Morelia, Michoacán.-El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil de Veracruz estableció por vez primera, para que las amantes reciban pensión, de acuerdo a lo publicado en una tesis el pasado 15 de septiembre, afirma que el derecho a recibir pensión existe aun si la mujer fue, para fines prácticos, la amante de un hombre que, desde 1994, tenía esposa y dos hijos en otra ciudad.
“Aceptar que solamente la mujer casada o la concubina tienen derecho a alimentos, tendría un efecto discriminatorio hacia otra mujer, que al igual que aquéllas, ha convivido con el deudor alimentista como pareja”, señalan los magistrados.
“Con independencia del estado civil entre el acreedor y deudor alimentario, basta con que hayan vivido como pareja, y que aquélla no pueda proveerse a sí misma los ingresos necesarios para subsistir, para que se genere el derecho a los alimentos”, agrega.
Con información de Reforma