El Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) confirmó que la visita del presidente Andrés Manuel López Obrador a Sonora, los días 12 y 13 de febrero, se consideran actos de propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido del proceso de revocación de mandato.
Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal confirmaron, por unanimidad de votos,
confirmó la procedencia de las medidas cautelares y la orden de eliminar las publicaciones denunciadas, relativas a los actos de gobierno realizados por el presidente.
Esto como parte de una queja que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) ante el TEPJF y solicitó la dictaminación de medidas cautelares en contra del Presidente de México, ya que estimó que la promoción publicada en la sitio de internet https://lopezobrador.org.mx, y a su vez difundida en redes sociales oficiales, respecto de las reuniones de trabajo que el servidor público llevó a cabo el 12 y 13 de febrero pasados en el estado de Sonora, implicaron en apariencia del buen derecho y en un estudio preliminar, propaganda gubernamental difundida durante un periodo prohibido.