César Vázquez / @LetraMia
Morelia, Michoacán.-El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) resolvió que no surtió efecto la impugnación que realizaron algunos habitantes de Cherán, bajo el supuesto de que no se les respetó el derecho constitucional de ser votados en las asambleas de barrio.
Bajo este argumento, desde el pasado mes de abril iniciaron un juicio político denunciando que hubo exclusión política y discriminación al negarles el derecho a ser votados.
Se recordará que los inconformes Juan Fabián Juárez, Fidel Romero Ortiz, Bertha Alicia Chávez Tamayo y María Ysabel Hernández Pahuamba, ciudadanos y habitantes de la comunidad de San Francisco, Cherán, impugnaron la elección de usos y costumbres por considerar que les asiste el derecho de presentar un juicio de supuestas violaciones cometidas en la jornada electoral al no permitirles que fueran votados ellos en las asambleas de barrios donde se eligieron a los concejales.
El juicio de protección de sus derechos políticos-electorales que se presentó ante el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y al Tribunal Electoral del Estado d Michoacán (TEEM), sobre todo contra el Consejo General del IEM, que emitió el acuerdo identificado con la clave IEM-CG-205/2015, donde califica y declara válida la elección del nombramiento del Concejo Mayor de Gobierno Comunal de Cherán.
Los agraviados alegaron que el acuerdo del IEM fue violatorio en perjuicio del derecho humano de participación política y democrática así como de los integrantes de la comunidad indígena, argumentando que tras contar con pruebas demostrarían que en cada una de las Asambleas de Barrio se registró una absoluta exclusión política de integrantes de la comunidad que querían ocupar el cargo de integrantes del Consejo Mayor.
Pero finalmente el IEM y el TEEM resolvieron que no hubo tales violaciones, con lo que se da por legalmente válido el proceso de elección por usos y costumbres que se realizó el pasado 3 de mayo.
De acuerdo a la Consejera del IEM, Elvia Higuera, los habitantes de Cherán que se sienten agraviados y que habían impugnad la elección de usos y costumbres, se les restituye todos sus derechos como ciudadanos, por lo que a pesar de que la elección se da por válida, los inconformes pueden recurrir aun a una Sala Regional de Tribunal Superior de la Federación, si así lo determinan.
Con lo que resuelven hasta ahora el IEM y el TEEM, la elección tiene todos los efectos legales y los consejeros que fueron electos serán nombrados conforme al calendario de sucesión que estableció la comunidad para entregar la administración municipal al nuevo Consejo Mayor, en agosto próximo.