La Fiscalía General de la República (FGR) presentó una propuesta ante la Cámara de Diputados de ampliar la lista de elementos para tipificar el feminicidio, con esto el catálogo aumentaría de tener siete causas a 13.
Dentro de la propuesta está el incluir cuando exista celotipia, si la víctima estaba embarazada, era menor de edad, adulta mayor o indígena. Además de considerar si el responsable prestó algún servicio de transporte público de pasajeros, o cualquier otra modalidad que aprovechó para cometer el delito.
“que la víctima se encontrare en estado de gravidez y ese hecho haya sido del conocimiento del sujeto activo; se hubiere presentado manifestación volitiva de desprecio, odio, discriminación o misoginia contra de la víctima; cuando la víctima se encontrare en estado de indefensión o el sujeto activo estuviere en ventaja sobre aquella; que el sujeto activo incurra en celotipia; el sujeto activo haya aprovechado la prestación de un servicio como conductor de un vehículo de transporte de pasajeros, turismo o cualquier otra modalidad; que la víctima sea menor de 18 años de edad, persona de 60 años de edad o más, de pueblos y comunidades indígenas, o que no tuviere capacidad para comprender el significado del hecho o no tuviere capacidad para resistir la conducta o que la coloque en cualquier otra condición especial”, menciona el documento.
También añade el hecho de si el cuerpo de la víctima es expuesto, sepultado o arrojado en un lugar público.
El documento fue entregado a las diputadas del grupo de trabajo de lucha contra la violencia feminicida, como propuesta de redacción de cinco artículos del Código Penal, los cuales son el 315, 316, 318, 320, y 325.
En el artículo 325 actualmente vigente enuncia que «es considerado feminicidio si se priva de la vida a una mujer por razones de género y estas se presentan cuando concurra alguna de varias circunstancias clasificadas en siete fracciones…», la propuesta de la FGR elimina la frase «cuando concurra alguna» de esas características, por la redacción que no es clara y quedaría a la interpretación de los jueces.
Se plantea que en caso de que no se tipifique como feminicidio, será posible proceder como si fueran delitos calificados y para esto se plantea que las penas pasen de 30 a 65 años, mientras que para feminicidio será hasta 65 años de cárcel.
En caso de los servidores públicos que comentan feminicidio se busca ampliar la sanción hasta 81 años de cárcel y que pierda los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
Si el servidor público entorpece dolosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia en casos de feminicidio, se le sancionará de seis a 10 años de prisión, multa de 43 mil 440 hasta 130 mil 320 pesos, a su vez será destituido e inhabilitado de tres a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión de carácter público.
La propuesta entregada será revisada y analizada esperando que se llegue a un acuerdo que pueda mejorar el Código Penal a nivel federal y en cada entidad del país. Se espera que las mesas de trabajo entre diputadas y la FGR se mantengan hasta el próximo mes.