Política


Necesaria una revisión a reforma sobre feminicidio aprobada por Congreso

Luego que el jueves el Pleno del Congreso local aprobara reformas al Código Penal en materia de feminicidios, las cuales han sido señaladas de poner en riesgo el acceso a la justicia en estos casos, la titular de la Secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres en el Estado, Nuria Gabriela Hernández Abarca, coincide en que si hay elementos que requieren ser revisados.

La organización Humanas Sin Violencia, promotora de la Alerta de Violencia de Genero en Michoacán, ha alertado acerca de las inconsistencias contenidas en la reforma ponen en riesgo el acceso a la justicia de las víctimas, debido al desaseo en la técnica legislativa con que se elaboró el dictamen, además de criterios confusos o que han sido derogados en otros estados, que se prevé generarán resquicios legales para que victimarios eludan su responsabilidad. https://wp.revolucion.news/reforma-feminicidio-pone-riesgo-acceso-justicia-congreso-legislo-mal/
Cuestionada sobre el particular Hernández Abarca apuntó que al revisar el dictamen aprobado y la manera en que se resolvió el tema, si bien hay cosas que resaltar también existen otras que deben ser analizadas.
Desde la perspectiva de la funcionaria es necesario general una mesa de análisis con personal de la Fiscalía General del Estado, para identificar algunos asuntos que quedan pendientes o requieren clarificarse, “de entrada toda ley es perfectible, así que hay una oportunidad para mejorarla siempre”.
A la funcionaria le preocupa que en el artículo 133 del Código referente a homicidio o lesiones atenuadas, permanezca vivo el concepto de emoción violenta, “hay algunas legislaciones en las que ya se había erradicado y si hacemos un análisis de esta atenuante de emoción violenta para el tema del delito, vemos desde su historia recovecos para decir específicamente que las mujeres son asesinadas cuando las personas victimarias están en estado no consciente por emoción violenta, me parece que eso es delicado, que esa parte habría que revisarlo a mayor profundidad”.
En cuanto a lo establecido por los diputados en el artículo 135 del Código acerca de que “todo homicidio calificado será considerado feminicidio cuando la víctima sea mujer y exista una o varias razones de género…”, lo que se considera generará una inexacta aplicación de la norma, ya que de manera inusual un tipo penal remitirá a otro, Hernández Abarca consideró: “me parece que ahí es un tema más bien procesal que también tendría que revisarse, porque ya no es sólo como identificar cuáles son aquellas causales del tipo del delito, sino tiene que ver más con un tema procesal”.
Por otra parte en el dictamen aprobado por el Congreso, la Comisión de Justicia desecha iniciativas promovidas por diversos legisladores bajo el argumento de que el Código Penal del Estado no es motivo de armonización del Código Penal Federal, lo que incluso generó que no se establecieran mayores penalidades al feminicidio como ya sucede en lo federal y en otros estados de la República.
Al respecto la funcionaria recordó que la tendencia desde los instrumentos internacionales es que se genere una armonización legislativa en la materia, “en ese sentido los instrumentos internacionales son retomados por la legislación federal y las estatales tendría que armonizarse bajo estas circunstancias.
“Incluso en las propias Alertas de Violencia de Género se señala que hay la necesidad de armonizar el tipo penal de feminicidio a lo aplicado en el ámbito federal”.

27 noviembre, 2020
Notas Relacionadas
Ver más
Ir a todas las notas
×

×