(12 de febrero 2014).- Las comisiones unidas Contra la Trata de Personas, Derechos Humanos y Justicia reformaron la ley en materia de combate a la trata de personas, con el fin de establecer los tipos penales, sanciones y circunstancias agravantes. Asimismo, los senadores acordaron modificar la denominación de este ordenamiento para quedar como Ley General en Materia de Trata de Personas, para que el nombre sea lo más conciso posible.
Los cambios realizados derivan de las reuniones que han sostenido con representantes de la academia, integrantes de organizaciones de la sociedad civil, especialistas en el tema, además de autoridades en materia de procuración y administración de justicia.
Con este hecho se hizo notar que la ley vigente no identifica de forma correcta el bien jurídico, sino que establece seis bienes distintos: vida, dignidad, libertad, integridad, seguridad y libre desarrollo, lo cual implica que para que exista una sanción necesariamente se deben poner en riesgo o lesionar todos y cada uno de éstos.
Otro aspecto relevante que se destacó fue el establecimiento de competencias y formas de coordinación para la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas entre los tres niveles de gobierno.
Se acordó castigar con 10 a 25 años de prisión y con 5 mil a 50 mil días de multa a quienes, para sí o para un tercero, consigan, capten, enganchen, transporten, alojen, entreguen, oculten o transfieran a una persona con el fin de su explotación.
También se sancionará con pena de 15 a 30 años de cárcel y con mil a 30 mil días de multa, a quienes exploten o se beneficien de la prostitución ajena, la pornografía, la exhibición pública o cualquier otra conducta de éste carácter.
Además, se condenará con 10 a 15 años de prisión y de mil a 30 mil días de multa, a aquellos que elaboren, comercien, distribuyan u oferten, libros, anuncios, revistas, grabaciones, filmes, fotografías, o cualquier otro que tenga su origen en la explotación de una persona.
Cabe mencionar que las penas provistas aumentarán hasta en una mitad cuando el inculpado tenga una relación familiar, parentesco por consanguinidad o civil hasta el tercer grado con la víctima.
El gobierno federal contará con una Comisión Intersecretarial que tendrá como objeto facilitar la coordinación del diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones interdepartamentales.